Roberto Oscar González. Imagen: Agencia RBS

En 2021, ante la negativa de extraditar desde Brasil al ex integrante de la Policía Federal Roberto Oscar González, alias “Federico” o “Gonzalito”, con Lisandro Raúl Cubas, Carlos Alberto García y Ana María Cacabelos -sobrevivientes-, junto con Flavia Fernández Brozzi, Rodolfo N. Yanzón y Anabella Montaner, abogadas y abogados de KAOS e H.I.J.O.S. Capital, hemos presentado el caso ante la Relatoría Especial para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de la ONU. 

González está acusado en la Argentina por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en la ESMA y tiene pedido de captura internacional desde el 2008. Se mantuvo oculto hasta que Interpol dio con su paradero en 2015. El 11 de mayo de 2020 el Supremo Tribunal Federal de Brasil rechazó el pedido de extradición, que incluye la acusación por los casos de 750 víctimas de delitos de lesa humanidad. 

En abril de este año, el Relator Especial para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Fabián Salvioli; la Vicepresidenta del Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias, Aua Baldé: y el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Morris Tidball-Binz; comunicaron al Estado de Brasil su posición sobre nuestra denuncia, y le dieron  un plazo de 60 días para que contestara. Ante la falta de respuesta, publicaron la comunicación.

En este marco, desde la Relatoría Especial sostuvieron que la decisión de no extraditar a González obstaculiza la investigación y el juzgamiento en cuatro causas por crímenes de lesa humanidad que se tramitan en la Argentina. Además, expresaron preocupación en cuanto a la vulneración de los derechos de acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y reparación denunciados por las víctimas. También consideraron que la falta de extradición es incompatible con los estándares internacionales de derechos humanos que prohíben el uso de prescripción y amnistía respecto de crímenes de lesa humanidad, incluyendo hechos de tortura, homicidio, desaparición forzada y violencia sexual.

En su comunicación también advierten que la ley de amnistía de Brasil, que la Corte Interamericana declaró incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos, no puede ser aplicada a delitos cometidos en Argentina, porque sólo alcanza a delitos cometidos en Brasil. Asimismo, indican que en Argentina no existe una ley similar.

Además, dicen que considerar fallecidas a las personas desaparecidas para declarar la prescripción del delito es contrario a los estándares internacionales porque la desaparición forzada se sigue cometiendo hasta que se conozca el destino de las víctimas.

En su comunicación también manifiestan preocupación por la falta de información sobre medidas para prevenir la fuga de González.

Salvioli, Baldé y Morris Tidball-Binz solicitaron al Estado de Brasil que explique cómo su decisión de denegar la extradición de González es compatible con los estándares internacionales sobre investigación y juzgamiento de crímenes de lesa humanidad.

Los Estados están obligados a extraditar o juzgar a los responsables de crímenes de lesa humanidad. Ningún Estado se puede convertir en un refugio para responsables de estos delitos. En cambio, si en su territorio se encuentra una persona acusada de haber cometido crímenes de lesa humanidad debe proceder a juzgarla de acuerdo con los estándares internacionales o extraditarla a un Estado que esté dispuesto y esté en condiciones de hacerlo.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de julio de 2022

Contactos:

Anabella Montaner (abogada H.I.J.O.S. Capital) 1551548528

Flavia Fernández Brozzi (abogada KAOS) 1560469499